15/04/2026

Edicto

Lee la nota en :2 Minuto/s, 54 Segundo/s

El Juzgado. de 1° inst. y 48ª Nom. de la Ciudad de Córdoba, en los autos “LOPEZ OSCAR ALFREDO Y OTRO- USUCAPIÓN –EXPTE N° 12295815” respecto del inmueble ubicado en Dpto. Río Primero, Pedanía Villamonte, Municipio de Río Primero, designado como lote 100, que responde a las siguientes medidas: partiendo del vértice 1 con un ángulo en dicho vértice de 29° 28´ y una distancia de 50,70 m llegamos al vértice 2, a partir de 2, con un ángulo interno de 60° 31´; lado 2-3 de 24,94 m; a partir de 3, con un ángulo interno de 90° 01´; lado 3-1 de 44,13m, encerrando una superficie de 550,22 m2. Y linda: lado 1-2 con calle Paso del Rosario; lado 2-3 con calle Chile; lado 3-1 con calle Viamonte.

Afecta de manera parcial al Dominio inscripto al F°769 del año 1925y la supuesta existencia de sobrantes han resultado ocupadas por las trazas de las actuales calles públicas.

Nomenclatura catastral 2508400202045, parcela 01 y se encuentra empadronada en rentas en cta. N°2508-1529015-8 a nombre de Toledo de Rossi Petrona, se ha dictado la siguiente resolución: CORDOBA, 27/05/2025.

Téngase presente lo manifestado. Estando cumplimentados los requisitos exigidos por el art. 781 del CPC imprímase a la presente demanda el trámite de juicio ordinario.

Cítese y emplácese a la demandada Sra. PETRONA TOLEDO DE ROSSI para que en el término de veinte días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento. Asimismo cítese a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble de que se trata, por edictos que se publicarán por diez veces a intervalos regulares dentro de un período de treinta días en el Boletín Oficial y diario de la ciudad de Córdoba para que en veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. El término de comparendo se computará a partir de la última publicación.

Cítese al Sr. Procurador del Tesoro, Municipalidad de Córdoba y a los colindantes para que en el término de tres días comparezcan a estar a derecho y tomar participación en el carácter de terceros interesados, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 784 última parte del CPC.

Colóquese a costa del actor un cartel indicador con las referencias necesarias del juicio en lugar visible que deberá mantenerse durante todo el tiempo de tramitación del mismo, a cuyo fin ofíciese al Sr. Oficial de Justicia.

Ofíciese a los efectos de la anotación de Litis conforme lo normado por el art. 1905 del CCCN. Fdo.: Dra. Raquel Villagra Juez. Heredia Paola. Prosecretaria.

El autor:

El Diario del Pueblo

administrator
Previous post Domingo de tradiciones gauchas en el Festival de Jineteadas
Next post Este fin de semana largo, Oncativo los espera en su tradicional Fiesta del Salame Casero